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REGÍSTRATE AQUÍLa empresa deberá cancelar una multa, además de indemnizar al consumidor afectado.
Por: Equipo DF
Publicado: Viernes 30 de mayo de 2008 a las 11:37 hrs.
La
Corte Suprema confirmó el fallo que obliga a Inversiones y Tarjetas S.A. (Hites) a pagar
una multa, además de una indemnización para el consumidor afectado, debido a cobros de
intereses que superaron los límites establecidos
por la ley.
Basada en los antecedentes, la segunda sala de la Corte de Apelaciones de
Santiago determinó que la empresa efectivamente cometió una infracción a la Ley del Consumidor al cobrar
un interés por sobre la tasa máxima convencional.
La empresa apeló al fallo presentando un recurso de queja en
la Corte Suprema,
no obstante, éste fue rechazado con lo que se confirmó la sanción
correspondiente a una multa de 50 UTM, más una indemnización cercana a los $ 450.000 para la consumidora por lo cobrado en exceso y los daños sufridos.
La acción judicial se originó cuando una cliente de la firma repactó
su deuda de $ 422.452 con la tarjeta Hites previo abono de $ 50.000. Con las
nuevas condiciones debía pagar 24 cuotas de $ 26.610, lo que sumaba un total de
$ 638.640.
El monto aumentó considerablemente pues el interés que se le
aplicó fue de un 4,85%, cuando se le debió cobrar un máximo legal de 3,73% que
correspondía a la Tasa
de Interés Máxima Convencional vigente a esa fecha.
La consumidora decidió acudir a Servicio Nacional del
Consumidor (Sernac) conciente de que se le estaban haciendo cobros excesivos.
Finalmente el organismo, tras una mediación desfavorable, denunció los hechos a
la justicia.
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