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REGÍSTRATE AQUÍEl Ministerio de Justicia evalúa ingresar el proyecto la próxima semana.
Por: Claudia Rivas A.
Publicado: Viernes 8 de marzo de 2019 a las 18:38 hrs.
Con el fin de actualizar la legislación penal chilena en materia de ciberacoso, el Ministerio de Justicia creará tres figuras delictuales que hasta ahora quedan impunes y que contemplará el proyecto sobre esta materia que ingresaría la próxima semana al Congreso.
El hostigamiento (acoso o “stalking”); la exhibición no consentida de registros de contenido sexual (“hate porn o revenge porn”) y la difusión no consentida de imágenes o datos personales (“doxing”) son las nuevas figuras. La primera se trata de un nuevo delito de aplicación general, no limitado a un contexto sexual, e independiente de si el acoso se realiza presencialmente o por medios digitales y consiste en la afectación grave de las condiciones de vida de la persona acosada mediante el seguimiento físico, contacto o envío de comunicaciones (inclusive llamar por teléfono) insistente del hechor, contra la voluntad del hostigado. Se trata del fenómeno del stalker o acosador. Para este delito se contempla una pena de hasta los 3 años de cárcel.
Por la exhibición no consentida de registros de contenido sexual se sanciona a quien exhibe videos, imágenes o sonidos de una interacción sexual o de partes íntimas sin consentimiento de la persona afectada. Es un nuevo delito, en tanto, aun cuando se trate de registros sexuales captados con el consentimiento de la persona, se sanciona a quien las exhibiere o difundiere.
Si bien se trata de un delito nuevo, cuando la persona de quien se exhiben o difunden sus imágenes es menor de edad, el hecho constituye en la legislación actual el delito de producción o difusión de material pornográfico infantil. Tendrá una pena de hasta 3 años de cárcel, pero si la difusión de las imágenes se realiza a un número considerable o indeterminado de personas, la pena puede llegar hasta los 5 años.
Por último, en la difusión no consentida de imágenes o datos personales se sanciona a quien difunde dichas imágenes, videos o datos personales de una persona, con la finalidad de que sea hostigada (acosada) por un número considerable de personas. Para este delito se contempla una pena de hasta los 541 días (1 ½ año), que se agrava si producto de la difusión la persona es acosada efectivamente.
Adicionalmente, se aumentarán las penas para los delitos de injurias y chantaje. Actualmente, quien comete el primer delito –si no es por escrito ni con publicidad-, mientras que el proyecto impone pena de cárcel. En el caso del chantaje, actualmente quien amenaza a otro con difundir imágenes de carácter privado para obtener un beneficio, arriesga una pena de cinco años y una multa de 100 a 500 UTM. Con el proyecto la pena se eleva hasta los 10 años si la amenaza se realiza contra una persona menor de edad.
Uno de los focos del ranking es el segmento corporativo de alta complejidad. En la categoría Corporate and M&A – High End, cinco estudios alcanzaron el Tier 1: Barros & Errázuriz, Carey, Cariola Díez Pérez-Cotapos, Claro & Cía. y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).
La iniciativa habilita a Corfo para aportar capital en fondos de fondos y directamente en vehículos de capital de riesgo, con un tope de US$ 25 millones para su primer año de operación.
La Superintendencia de Salud de ese país recomendó no aprobar el cambio de propiedad de Aliansalud EPS, uno de los activos considerados en el acuerdo. El fondo espera una respuesta inminente a su apelación.
Los trabajos, financiados por la Subdere, debieron finalizar en febrero; sin embargo y tras cuatro prórroga, no cumplieron con los plazos. Hoy la constructora Tromen enfrenta multas por este proyecto que superan los $ 41 millones.