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Publicado: Jueves 20 de junio de 2019 a las 04:00 hrs.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) también los define como países de baja o nula tributación. Hoy, el organismo mantiene un listado de 150 países que considera como parte de esa categoría, lo que implica que los contribuyentes que tengan operaciones o presencia en esos estados o jurisdicciones deberán someterse a mayores estándares de fiscalización e información que el resto.
Según el SII, el efecto de considerar que un territorio o jurisdicción tiene un régimen fiscal preferencial es relevante para la aplicación práctica de distintas normas de la Ley de Impuesto a la Renta, como las que establecen obligaciones de informar ciertas inversiones en el exterior; sobre exceso de endeudamiento; sobre entidades extranjeras controladas que obtienen rentas pasivas; y una tasa rebajada del Impuesto Adicional por regalías y remuneraciones.
Se considerará como régimen preferencial a las jurisdicciones cuya tasa de tributación efectiva sobre los ingresos de fuente extranjera sea inferior al 50% de la tasa del inciso primero del artículo 58 de la Ley de Impuesto a la Renta. Dicha tasa asciende hoy al 35%. Adicionalmente, se considerarán a los países o Estados que no hayan celebrado con Chile un convenio que permita el intercambio de información para fines tributarios.
También, serán parte de este grupo los territorios cuya legislación carezca de reglas que faculten a su administración tributaria para fiscalizar los precios de transferencia; que no reúnan las condiciones para ser considerados cumplidores o "sustancialmente cumplidores" de los estándares de transparencia e intercambio de información fiscal de la OCDE; que tengan uno o más regímenes preferenciales para fines fiscales que no cumplan con los estándares de dicho organismo; y que graven exclusivamente las rentas generadas, producidas o cuya fuente se encuentre en sus propios territorios.
El último listado del SII incluye a los Emiratos Árabes Unidos, Bolivia, Costa de Marfil, Costa Rica, Cuba, Egipto, Nicaragua, Panamá, Puerto Rico, Palestina, Honduras, Haití, Corea del Norte, Tailanda, Taiwán, las Islas Vírgenes (británicas y estadounidenses) y Venezuela, entre otras jurisdicciones.
Uno de los focos del ranking es el segmento corporativo de alta complejidad. En la categoría Corporate and M&A – High End, cinco estudios alcanzaron el Tier 1: Barros & Errázuriz, Carey, Cariola Díez Pérez-Cotapos, Claro & Cía. y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).
La iniciativa habilita a Corfo para aportar capital en fondos de fondos y directamente en vehículos de capital de riesgo, con un tope de US$ 25 millones para su primer año de operación.
La Superintendencia de Salud de ese país recomendó no aprobar el cambio de propiedad de Aliansalud EPS, uno de los activos considerados en el acuerdo. El fondo espera una respuesta inminente a su apelación.
Los trabajos, financiados por la Subdere, debieron finalizar en febrero; sin embargo y tras cuatro prórroga, no cumplieron con los plazos. Hoy la constructora Tromen enfrenta multas por este proyecto que superan los $ 41 millones.