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REGÍSTRATE AQUÍNo contaban con una Resolución de Calificación Ambiental que la autorice a efectuar dichas labores.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Viernes 5 de junio de 2015 a las 09:54 hrs.
Luego de un proceso de investigación, que incluyó fiscalizaciones en terreno y análisis jurídico, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) sancionó con la clausura definitiva de sus instalaciones y faenas a la empresa Minera Esparta Limitada (ex Minera Española Chile Limitada), ubicada en el sector Quebrada de La Plata, comuna de Maipú.
Cabe destacar que esta sanción es la más estricta que el catálogo de sanciones de la SMA permite aplicar para el presente caso. La Superintendencia acreditó la infracción consistente en la realización de un proyecto de desarrollo minero por parte de Minera Esparta Limitada (ex Minera Española Chile Limitada), en la mina Panales 1 al 54, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental que la autorice a efectuar dichas labores.
El proceso de análisis de este caso requirió visitas a terreno y consultas a diversos organismos con competencia ambiental, realizando un trabajo multidisciplinario para constatar la infracción de esta minera. A la vez, en octubre de 2014, la SMA solicitó y obtuvo del Segundo Tribunal Ambiental la autorización para adoptar la medida provisional de clausura temporal de las instalaciones y faenas, la cual fue renovada en reiteradas oportunidades, para evitar un mayor daño al medio ambiente. Dada la actitud rebelde del titular, fue necesario solicitar el auxilio de la fuerza pública, oficiando a Carabineros de Chile para realizar rondas periódicas a la faena, especialmente los fines de semana, con el objeto de asegurar el efectivo cumplimiento de la medida provisional.
Durante el procedimiento sancionatorio se acreditó que la infracción tiene el carácter de "gravísima", debido a que las labores de la empresa produjeron efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables del sector Quebrada de La Plata. Además, se estableció que el proyecto se encuentra localizado en el Sitio Prioritario para la Conservación "El Roble". Finalmente, se determinó que este incumplimiento generó daño ambiental en la Quebrada de La Plata por lo cual los antecedentes serán además enviados al Consejo de Defensa del Estado para que ejerza las acciones legales correspondientes tendientes a obtener la reparación del daño provocado.
En este caso, la SMA aplicó la sanción de clausura definitiva debido a que se consideró la más idónea para el resguardo del medio ambiente. Además se consideró para la sanción la conducta de la empresa, la cual por años ha mostrado una indiferencia total con respecto al cumplimiento de la normativa ambiental.
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