DOLAR
$977,55
UF
$41.258,26
S&P 500
7.562,90
FTSE 100
10.766,80
SP IPSA
11.315,26
Bovespa
168.176,02
Dólar US
$977,55
Euro
$1.094,24
Real Bras.
$179,80
Peso Arg.
$0,63
Yuan
$147,04
Petr. Brent
104,29 US$/b
Petr. WTI
96,17 US$/b
Cobre
6,54 US$/lb
Oro
3.952,30 US$/oz
UF Hoy
$41.258,26
UTM
$72.151,00
¿Eres cliente nuevo?
REGÍSTRATE AQUÍEl texto contempla que el consumidor acredite un consumo mínimo en bienes y servicios.
Por: Equipo DF
Publicado: Lunes 9 de abril de 2018 a las 04:00 hrs.
La comisión de descentralización del Congreso de Perú aprobó el proyecto de Ley número 1612, que establece la gratuidad de los estacionamientos vehiculares en los centros comerciales, siempre que el consumidor acredite un consumo mínimo en bienes y servicios.
El texto aprobado señala que el monto mínimo será determinado por el establecimiento comercial. Además, se establece que en caso de que no se acredite un consumo mínimo, sólo podrá exonerarse los primeros 45 minutos. De lo contrario, se podrá exigir una retribución económica por el tiempo total de permanencia en el estacionamiento.
Gilmer Trujillo, presidente de la comisión, estimó que la propuesta será debatida en la próxima sesión del pleno del Congreso.
En desacuerdo
Desde la Asociación de Centros Comerciales y de Entretenimiento de Perú (ACCEP) se lamentó que la comisión de descentralización otorgue luz verde a tal medida que establece la gratuidad del servicio de estacionamiento vehicular en los malls debido a que afecta el derecho de propiedad, la libertad de empresa y pone serias trabas a la libre iniciativa privada.
El presidente del gremio, José Antonio Contreras, aseguró que el dictamen aprobado desalienta la inversión privada al imponer la gratuidad de un servicio, que requiere una fuerte inversión de recursos y periodos prolongados para su recuperación.
Asimismo, hizo un llamado al Congreso para que archive el dictamen del proyecto de ley aprobado en la comisión de descentralización, porque intenta regular el cobro de un servicio cuyo sistema tarifario debería regirse libremente por las reglas del mercado.
Del mismo modo, advirtió que esta iniciativa es una medida populista, que afecta gravemente la seguridad jurídica y cambia las reglas de juego al establecer un gravamen injusto e inconstitucional que afectará la recuperación de las inversiones de los centros comerciales.
Contreras dijo que se han desarrollado 79 centros comerciales, de los cuales 42 se encuentran en Lima y 37 en provincias, y las empresas desarrolladoras siguen invirtiendo porque confían en la estabilidad jurídica y política.
El mandatario, junto a los ministros de Vivienda y Hacienda, ingresó un escrito ante el Tribunal Constitucional donde sostiene que la impugnación presenta deficiencias jurídicas y busca reabrir una discusión que ya fue revisada por Contraloría.
Uno de los focos del ranking es el segmento corporativo de alta complejidad. En la categoría Corporate and M&A – High End, cinco estudios alcanzaron el Tier 1: Barros & Errázuriz, Carey, Cariola Díez Pérez-Cotapos, Claro & Cía. y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).
La Superintendencia de Salud de ese país recomendó no aprobar el cambio de propiedad de Aliansalud EPS, uno de los activos considerados en el acuerdo. El fondo espera una respuesta inminente a su apelación.