DOLAR
$980,89
UF
$41.268,88
S&P 500
7.568,58
FTSE 100
10.700,93
SP IPSA
11.315,26
Bovespa
165.652,81
Dólar US
$980,89
Euro
$1.104,09
Real Bras.
$178,68
Peso Arg.
$0,63
Yuan
$146,95
Petr. Brent
103,37 US$/b
Petr. WTI
95,98 US$/b
Cobre
6,43 US$/lb
Oro
4.054,80 US$/oz
UF Hoy
$41.268,88
UTM
$72.151,00
¿Eres cliente nuevo?
REGÍSTRATE AQUÍLe negaron dicho programa por no incorporar todas las infracciones detalladas en los cargos.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Martes 3 de enero de 2017 a las 15:46 hrs.
El Tribunal Ambiental de Santiago, por unanimidad de sus ministros, rechazó la reclamación interpuesta por Compañía Minera Nevada SpA (CMN) en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que no aprobó el Programa de Cumplimiento presentado por Pascua Lama.
"Que, por todo lo señalado en los considerandos precedentes, el Tribunal concluye que la SMA no incurrió en el vicio de desviación de poder y aplicó correctamente el criterio de integridad, razón por la cual las alegaciones de la reclamante se rechazarán", dice la sentencia redactada por la ministra Ximena Insunza.
El fallo explica que el criterio de integridad exige que el programa de cumplimiento incorpore todas las infracciones contenidas en la formulación de cargos, y que la SMA rechazó dicho programa justamente por no cumplir con el mencionado criterio, ya que no incorporó todas las infracciones detalladas en los cargos.
"Que, este instrumento se establece para proteger el medio ambiente, ya que el objetivo de su implementación es la corrección del incumplimiento normativo y de sus efectos de manera anticipada, sin tener que esperar la finalización del procedimiento administrativo sancionador y, eventualmente, una posterior etapa recursiva. Lo anterior, no obsta a que la presentación de un programa de cumplimiento sea una facultad que radique exclusivamente en el regulado, tal como lo señala expresamente el inciso 1° del artículo 42 de la LOSMA", señala la sentencia.
En definitiva la sentencia destaca que los programas de cumplimientos tienen un objetivo esencial, esto es, la protección del medio ambiente, corrigiendo los incumplimientos normativos y los efectos de estos en forma previa al término del procedimiento sancionatorio.
La resolución reclamada, está asociada a un segundo proceso sancionatorio llevado a cabo por la SMA contra el proyecto minero, a través del cual se le formularon diez cargos asociados a flora y monitoreos sociales y de glaciares, entre otros. Una infracción fue calificada como gravísima, dos tienen carácter de graves, y siete son leves.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Rafael Asenjo, presidente, Sebastián Valdés y Ximena Insunza. No se condenó en costas a la empresa.
La clasificadora destacó la elevada capacidad de generación de resultados y flujos de caja de la compañía, junto con sus niveles de endeudamiento controlados y una robusta posición de liquidez.
Uno de los focos del ranking es el segmento corporativo de alta complejidad. En la categoría Corporate and M&A – High End, cinco estudios alcanzaron el Tier 1: Barros & Errázuriz, Carey, Cariola Díez Pérez-Cotapos, Claro & Cía. y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).
Este miércoles, seis compañías tecnológicas presentarán sus soluciones ante un jurado, en una jornada que tendrá como expositores al biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, y al CTO de una de las principales mineras tech del mundo.