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REGÍSTRATE AQUÍEsto tras desacuerdos en el pago de una póliza por el incendio de la Central Nehuenco I ocurrido en diciembre de 2007.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Jueves 27 de septiembre de 2012 a las 20:40 hrs.
Colbún informó hoy, por medio de un hecho esencial, que Tribunal Arbitral falló a su favor en el diferendo que la empresa sostuvo con algunas compañías aseguradoras tras un incendio que afectó la Central Nehuenco I en diciembre de 2007.
Esta tarde, Colbún fue notificada de la sentencia arbitral dictada por el árbitro Raúl Varela Morgan que acogió mayoritariamente la demanda de la generadora, condenando a las Compañías Aseguradoras a pagar a título de saldo impago del valor del siniestro la suma de US$ 61 millones aproximadamente, incluyendo intereses corrientes devengados hasta esta fecha.
En septiembre del año 2009 las compañías Chilena Consolidada Seguros Generales S.A., Penta Security S.A. y Mapfre Compañía de Seguros Generales S.A. pagaron a Colbún US$ 33,7 millones correspondientes al monto no disputado de la liquidación del seguro. No obstante, dado que las partes diferían principalmente respecto del límite de indemnización aplicable a los perjuicios por paralización, se implementó el mecanismo de arbitraje contemplado en la póliza.
Así, y luego de la sentencia, las aseguradoras podrán apelar ante el Tribunal Arbitral de segunda instancia integrado por Alberto Pulido Cruz, Claudio Illanes Ríos y Samuel Lira Ovalle, quienes deben emitir su fallo en un plazo de seis meses.
De confirmarse esta sentencia arbitral, señaló Colbún, el monto indicado deberá ser reconocido como resultado en el ejercicio correspondiente.
El mandatario, junto a los ministros de Vivienda y Hacienda, ingresó un escrito ante el Tribunal Constitucional donde sostiene que la impugnación presenta deficiencias jurídicas y busca reabrir una discusión que ya fue revisada por Contraloría.
Uno de los focos del ranking es el segmento corporativo de alta complejidad. En la categoría Corporate and M&A – High End, cinco estudios alcanzaron el Tier 1: Barros & Errázuriz, Carey, Cariola Díez Pérez-Cotapos, Claro & Cía. y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).
La Superintendencia de Salud de ese país recomendó no aprobar el cambio de propiedad de Aliansalud EPS, uno de los activos considerados en el acuerdo. El fondo espera una respuesta inminente a su apelación.