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REGÍSTRATE AQUÍLa presentación fue hecha por un grupo de organizaciones de Coyhaique en contra de la Corema por dar inicio al EIA del proyecto.
Por: Equipo DF
Publicado: Viernes 12 de diciembre de 2008 a las 12:48 hrs.
La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó hoy el recurso de
protección presentado por un grupo de organizaciones de la región en
contra de la Comisión Regional del Medio Ambiente (Corema) que dio
inicio al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para el Proyecto
Hidroeléctrico Aysén.
En fallo unánime los ministros Pedro Leñam, Sergio Mora y Alicia
Araneda desestimaron la presentación del abogado Marcelo Castillo
Sánchez quienes exigieron que el EIA del mencionado proyecto
considerara los preceptos del Tratado de Medio Ambiente firmado por
Chile y Argentina en 1991.
La sentencia desestimó que se cometiera algún acto arbitrario al no
considerar los preceptos del Tratado de Medio Ambiente entre Chile y
Argentina por la utilización de las aguas de los lagos General Carrera
y O´Higgins afluentes de los rios Baker y Pascua, desde donde se
emplazarán centrales hidroeléctricas.
"Que, en las condiciones anotadas precedentemente, no cabe sino
concluir que la recurrida, al dictar el acuerdo 101-2008, conociendo de
la solicitud de la recurrente en cuanto solicitaba el cumplimiento
efectivo del 'Protocolo Específico Adicional sobre Recurso Hídricos
Compartidos entre la República de Chile y Argentina', mediante el cual
resolvió enviar los antecedentes a la Dirección de Fronteras y a la
Dirección General de Aguas y considerando que el Estudio de Impacto
Ambiental aún no era presentado ante la Corema, no hizo sino tomar la
decisión más apropiada, justa y conveniente que el caso ameritaba,
resolviendo sobre la misma en la forma que estimó más propio, ya que
carecía, en ese momento, de antecedentes para pronunciarse derechamente
acerca del contenido de la solicitud, decidiendo dentro del ámbito y
atribuciones de sus facultades y en base a los antecedentes
proporcionados por el propio recurrente, lo que materializó con pedir
informes, como ya se dijo, a la Dirección de Fronteras y Límites y a la
Dirección de Aguas, por lo que no se divisa que su actuación haya sido
arbitraria o ilegal, más aún cuando dicha resolución sólo puede
considerarse como un mero acto de instrucción, opinión y
administración, que no tiene el mérito de producir, causar ni provocar
un resultado material que haya significado una privación en los
derechos que invocan los recurrentes ni una amenaza o perturbación de
los mismos, coligiéndose que el recurrente ha efectuado peticiones de
carácter extemporáneas, por anticipación, al referirse a hechos de
carácter futuros, no determinados e inciertos; motivos por los cuales
no cabe sino desestimar el recurso de protección deducido y así se
declarara", argumenta el fallo
Este miércoles, seis compañías tecnológicas presentarán sus soluciones ante un jurado, en una jornada que tendrá como expositores al biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, y al CTO de una de las principales mineras tech del mundo.
La clasificadora destacó la elevada capacidad de generación de resultados y flujos de caja de la compañía, junto con sus niveles de endeudamiento controlados y una robusta posición de liquidez.
Uno de los focos del ranking es el segmento corporativo de alta complejidad. En la categoría Corporate and M&A – High End, cinco estudios alcanzaron el Tier 1: Barros & Errázuriz, Carey, Cariola Díez Pérez-Cotapos, Claro & Cía. y Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).
Las 16 organizaciones de la Mesa del Sector Público también solicitan elevar las remuneraciones mínimas, mejorar los bonos y extender el teletrabajo hasta 2030. El pliego cuestiona, además, los recursos contemplados en el Presupuesto 2027.